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Decreto 0381 de 2026: más coordinación interinstitucional para la expedición de determinantes de ordenamiento territorial

El Decreto 0381 de 2026 introduce un ajuste relevante en materia de ordenamiento territorial al reglamentar el procedimiento para la gestión de la información y los parámetros de coordinación interinstitucional en la expedición de determinantes. La norma modifica la Sección 1 del Capítulo 1 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1077 de 2015 y desarrolla lo previsto en el artículo 10 de la Ley 388 de 1997, modificado por la Ley 2294 de 2023.

Uno de los aportes más importantes del decreto es que busca corregir una de las fallas estructurales que ha afectado estos procesos: la falta de articulación efectiva entre las entidades involucradas. Para ello, establece parámetros de coordinación desde el inicio del trámite de formulación o modificación de una determinante, incluyendo comunicaciones a distintas autoridades, identificación de posibles conflictos con otras determinantes, proyectos o instrumentos vigentes, y la definición de mecanismos e instancias de articulación institucional.

La norma también exige mayor trazabilidad y claridad en la información que soporta la expedición de las determinantes. En particular, regula la identificación, adecuación y disposición de la información técnica, jurídica y geoespacial, e impone deberes de publicación en formatos accesibles, editables e interoperables, tanto en las páginas web de las entidades como en el Observatorio de Ordenamiento Territorial administrado por el IGAC.

Otro punto relevante es que el decreto refuerza la importancia de la coordinación desde etapas tempranas. Esto resulta especialmente valioso en la medida en que la legislación ya exige que agentes públicos y privados cumplan las determinantes de ordenamiento territorial desde la prefactibilidad de los proyectos, lo que hace indispensable contar con reglas del juego más claras desde el inicio.

En términos prácticos, este desarrollo normativo debería contribuir a una mayor celeridad en los procesos, una mejor gestión de conflictos entre autoridades y una mayor seguridad jurídica para proyectos públicos y privados. El desafío, sin embargo, estará en su implementación efectiva: que las entidades competentes y, en particular, las entidades territoriales, adopten estos lineamientos y los conviertan en una herramienta real de articulación y previsibilidad.

El decreto prevé, además, un régimen de transición de seis meses para la entrada en aplicación de lo dispuesto en el artículo 1, así como la expedición posterior de estándares de representación cartográfica por parte del IGAC, el Ministerio de Vivienda y el DNP.

Consulte aquí el Decreto 0381 de 2026

Para cualquier duda sobre la aplicación del Decreto puede comunicarse con nuestro socio Oscar Mario Botero.