El Consejo de Estado decretó la suspensión provisional de los efectos del Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025, mediante el cual el Gobierno Nacional fijó el salario mínimo legal mensual vigente para el año 2026 en $1.750.905, y ordenó la expedición de un nuevo decreto que determine, de manera transitoria, el incremento aplicable para esta vigencia, mientras se resuelve de fondo la legalidad del acto demandado.
La decisión fue adoptada mediante auto del 12 de febrero de 2026, en el marco de múltiples procesos de nulidad simple promovidos contra el referido decreto, los cuales fueron acumulados para efectos de resolver, entre otras solicitudes, las medidas cautelares orientadas a suspender sus efectos.
Suspensión provisional del decreto que fijó el salario mínimo para 2026
Como medida cautelar, el Consejo de Estado decretó la suspensión provisional del Decreto 1469 de 2025, al considerar que, en esta etapa preliminar del proceso, resulta procedente suspender sus efectos mientras se adelanta el análisis definitivo sobre su legalidad.
Esta decisión implica que el decreto queda suspendido de manera provisional, sin que ello constituya un pronunciamiento definitivo sobre su validez, aspecto que será resuelto mediante sentencia una vez concluya el trámite del proceso de nulidad.
En consecuencia, el Consejo de Estado ordenó expresamente al Gobierno Nacional expedir un nuevo decreto que establezca el incremento del salario mínimo de forma transitoria, el cual regirá hasta que se profiera la decisión definitiva dentro del proceso judicial.
Orden de expedir un nuevo decreto que fije el incremento transitorio
La providencia ordena a las entidades demandadas que, dentro de los ocho (8) días calendario siguientes a la notificación del auto, expidan y publiquen un nuevo decreto que determine el porcentaje de incremento y el valor del salario mínimo legal mensual vigente para 2026, con carácter transitorio.
Este nuevo decreto deberá fundamentarse en la aplicación integral de los criterios legales y constitucionales previstos en el artículo 8 de la Ley 278 de 1996, incluyendo, entre otros, la inflación real, la meta de inflación fijada por el Banco de la República, la productividad certificada oficialmente, la contribución de los salarios al ingreso nacional, el crecimiento económico y los principios constitucionales de protección al trabajo y remuneración mínima, vital y móvil.
Asimismo, el Consejo de Estado exigió que el nuevo acto administrativo contenga una fundamentación económica detallada, explicando la forma en que se ponderaron los distintos criterios y el razonamiento que condujo a la cifra final adoptada.
Fecha a partir de la cual surtirá efectos la suspensión
Uno de los aspectos más relevantes de la decisión es que el Consejo de Estado dispuso que la suspensión provisional no tendrá efectos inmediatos.
En efecto, la providencia estableció que la suspensión solo se hará efectiva a partir de la fecha en que se publique el nuevo decreto que fije el incremento transitorio del salario mínimo.
En consecuencia, el salario mínimo continuará siendo el establecido en el Decreto 1469 de 2025 hasta que se expida y publique el nuevo decreto transitorio. A partir de la publicación del nuevo decreto, el Decreto 1469 de 2025 dejará de producir efectos jurídicos. La suspensión no afectará derechos ni obligaciones que se hayan causado o pagado con base en el salario mínimo fijado en el decreto suspendido con anterioridad a la expedición del nuevo acto administrativo.
No se trata de una decisión definitiva sobre la legalidad del decreto
La suspensión provisional constituye una medida cautelar adoptada dentro del proceso de nulidad, y no una decisión definitiva sobre la legalidad del Decreto 1469 de 2025.
La validez del decreto será definida mediante sentencia una vez se analicen de fondo los argumentos planteados en las demandas, se practiquen las pruebas correspondientes y se agote el trámite judicial.
Contexto procesal
La decisión se adopta en el marco de múltiples demandas de nulidad simple interpuestas contra el Decreto 1469 de 2025, presentadas por distintos ciudadanos, gremios y actores económicos que cuestionan su legalidad.
Conclusiones e implicaciones jurídicas
El Decreto 1469 de 2025 fue suspendido provisionalmente, aunque sus efectos continúan temporalmente hasta la expedición del nuevo decreto transitorio. El Gobierno Nacional está obligado a expedir un nuevo decreto que fije el incremento del salario mínimo para 2026 de manera transitoria. La suspensión solo surtirá efectos a partir de la publicación de este. La medida no afecta pagos ni obligaciones ya causados o cumplidos bajo el decreto suspendido. No se trata de una decisión definitiva, por lo que la legalidad del decreto será resuelta posteriormente mediante sentencia.
En términos prácticos, la decisión obliga al Gobierno Nacional a fijar nuevamente el incremento del salario mínimo para 2026 conforme a los criterios legales aplicables, mientras el Consejo de Estado adopta una decisión definitiva sobre el fondo del asunto.
Si tienes dudas sobre la aplicación del Decreto, sus implicaciones prácticas o el alcance del mismo no dude en contactar a nuestros especialistas Daniela Hernández Madriñan y Juan Felipe Pendas Rincón.